Centros de atención al usuario

Call Center: 3009138452

Correo atención al cliente:

pqr@serambiental.com

Recepción 24 horas. Después de las 6:00 P.M. quedará con fecha del día hábil siguiente. 

Atención presencial:

Lunes a viernes de 7:30 a.m a 12:00 m y de 1:00 p.m. a 4:30 p.m. 

Carrera 2 # 21a –  15, esquina, barrio San Antonio, Girardot.

Call Center: 3009138452

Correo atención al cliente:

pqr@serambiental.com

Recepción 24 horas. Después de las 6:00 P.M. quedará con fecha del día hábil siguiente. 

Atención presencial:

Lunes a viernes de 7:30 a.m a 12:00 m y de 1:00 p.m. a 4:30 p.m. 

Carrera 2 # 21a –  15, esquina, barrio San Antonio, Girardot.

Antonio, Girardot.

Call Center: 3009138452

Correo atención al cliente:
pqr@serambiental.com

Recepción 24 horas. Después de las 6:00 P.M. quedará con fecha del día hábil siguiente. 

Call Center: 3009138452

Correo atención al cliente:
pqr@serambiental.com

Recepción 24 horas. Después de las 6:00 P.M. quedará con fecha del día hábil siguiente. 

Call Center: 3009138452

Correo atención al cliente:
pqr@serambiental.com

Recepción 24 horas. Después de las 6:00 P.M. quedará con fecha del día hábil siguiente. 

Atención presencial:

Lunes, miércoles y viernes de 7:30 a.m a 12:00 m y de 1:00 p.m. a 4:30 p.m. 

Carrera 8 # 11-76 Barrio Centro. 

Call Center: 3009138452

Correo atención al cliente:

pqr@serambiental.com

Recepción 24 horas. Después de las 6:00 P.M. quedará con fecha del día hábil siguiente. 

Atención presencial: 

Martes y jueves de 7:30 a.m a 12:00 m y de 1:00 p.m. a 4:30 p.m. 

Carrera 7 #9-96 Barrio Centro.

Call Center: 3009138452

Correo atención al cliente:
pqr@serambiental.com

Recepción 24 horas. Después de las 6:00 P.M. quedará con fecha del día hábil siguiente. 

Atención presencial: 

Lunes a viernes de 7:30 a.m a 12:00 m y de 1:00 p.m. a 4:30 p.m. 

Calle 12 #7-47 Barrio Centro, Flandes. 

Call Center: 3009138452

Correo atención al cliente:
pqr@serambiental.com

Recepción 24 horas. Después de las 6:00 P.M. quedará con fecha del día hábil siguiente. 

Atención presencial: 

Lunes a viernes de 7:30 a.m a 12:00 m y de 1:00 p.m. a 4:30 p.m. 

Calle 12 #7-47 Barrio Centro, Flandes. 

Radicación PQR

Estimado usuario recuerde que al diligenciar este formato esta pre-radicando su petición, queja o reclamo, esta solo se entenderá como radicada una vez reciba a vuelta de correo la confirmación por parte de Ser Ambiental S.A. E.S.P., con su respectivo número de radicado.

Publicaciones por aviso:

Respetado usuario, SER AMBIENTAL S.A. E.S.P. se permite informarle qué como no fue posible realizar la entrega efectiva de la citación y/o aviso en la dirección de correspondencia suministrada por usted al momento de la radicación de su PQR, para conocer la respuesta dada, se hace necesario dar clic sobre el archivo de PDF identificado con el No. del PQR y para su apertura deberá nuevamente digitar el No del PQR seguido de la palabra citación y/o aviso sin guión ni coma.

Notificaciones Judiciales

Correo: serambiental@serambiental.com

Preguntas y respuestas frecuentes

Arbeláez, Fusagasugá, Ricaurte, Girardot, Melgar, Flandes, Espinal y Guamo.
Puede consultar los horarios y frecuencias de recolección por municipio en los siguientes links seleccionando el municipio en el que se encuentra: (vínculo a los mapas de la sección recolección)
Puede comunicarse con la estación de policía más cercana y solicitar información acerca de las denuncias ambientales.

En el Decreto 1077 de 2015 Artículo 2.3.2.2.4.2.1.0.9 menciona los deberes de los usuarios, si el predio está desocupado es deber del usuario informar oportunamente el estado del mismo para poder ajustar la tarifa y conceder el descuento, los requisitos para aplicar el descuento por inmueble desocupado están regulados en la resolución CRA 720/2015 en su Art. 45.

Para ser objeto de la aplicación de las disposiciones señaladas en el presente artículo, será necesario acreditar ante la persona prestadora del servicio la desocupación del inmueble, para lo cual el solicitante deberá presentar a la persona prestadora al menos uno (1) de los siguientes documentos:

  1. Factura del último período del servicio público domiciliario de acueducto, en la que se pueda establecer que no se presentó consumo de agua potable.
  2. Factura del último período del servicio público domiciliario de energía, en la que conste un consumo inferior o igual a cincuenta (50) kilowatts/hora-mes.
  3. Acta de la inspección ocular al inmueble por parte de la persona prestadora del servicio público de aseo, en la que conste la desocupación del predio.
  4. Carta de aceptación de la persona prestadora del servicio público domiciliario de acueducto de la suspensión del servicio por mutuo acuerdo.

Una vez acreditada la desocupación del inmueble conforme a lo previsto anteriormente, la persona prestadora del servicio público de aseo deberá tomar todas las medidas necesarias para que el suscriptor cancele únicamente el valor correspondiente a la tarifa del inmueble desocupado, de conformidad con la fórmula de cálculo que se fija en la presente resolución. La acreditación de la desocupación del inmueble tendrá una vigencia de tres (3) meses, al cabo de los cuales deberá presentarse nuevamente la documentación respectiva ante la persona prestadora del servicio público de aseo.

No señor(a), SER Ambiental S.A. E.S.P., cuenta con diferentes canales de atención no presenciales a través de los cuales puede realizar su petición queja o reclamo, la Línea de atención 835 3500 – 835 3501 Ext. 11 o 21, a través de la sección servicio al cliente de nuestra página web o enviando un correo electrónico a las siguientes direcciones:

Las tarifas de aseo no son fijas porque su cálculo depende de diferentes variables como los residuos generados por la ciudad, el número de unidades del catastro de aseo, los costos de transporte, los costos de disposición en el relleno sanitario, el costo de tratamiento de lixiviados, entre otros.
Por expreso mandato legal debe ser cancelado por los usuarios residenciales pertenecientes al estrato 5 y 6, como también los usuarios comerciales pequeños, medianos y grandes productores en el Servicio de aseo, conforme a la Ley 142 de 1994 Artículo 89.1.

Puede comunicarse con cualquier de las líneas de atención al usuario:

Línea de atención 835 3500 – 835 3501 Ext. 11 o 21. O los por correos electrónicos los cuales son:

De acuerdo a lo establecido en la Ley 142 de 1994 en su artículo Artículo 147 el cual indica lo siguiente:

“Naturaleza y requisitos de las facturas. Las facturas de los servicios públicos se pondrán en conocimiento de los suscriptores o usuarios para determinar el valor de los bienes y servicios provistos en desarrollo del contrato de servicios públicos.

  • En las facturas en las que se cobren varios servicios, será obligatorio totalizar por separado cada servicio, cada uno de los cuales podrá ser pagado independientemente de los demás con excepción del servicio público domiciliario de aseo y demás servicios de saneamiento básico. Las sanciones aplicables por no pago procederán únicamente respecto del servicio que no sea pagado.

Lo que quiere decir que nosotros como prestador del servicio podemos escoger la empresa facturadora que conjuntamente facturara el servicio de aseo.

De acuerdo con la Ley 142/1994, art. 147, Parágrafo: “Cuando se facturen los servicios de saneamiento básico y en particular los de aseo público y alcantarillado, conjuntamente con otro servicio público domiciliario, no podrá cancelarse este último con independencia de los servicios de saneamiento básico, aseo o alcantarillado, salvo en aquellos casos en que exista prueba de mediar petición, queja o recurso debidamente interpuesto ante la entidad prestataria del servicio de saneamiento básico, aseo o alcantarillado”.

La tarifa no tuvo ningún incremento, estas se mantienen igual que cuando se facturaba con la empresa de acueducto y alcantarillado.

Es importante resaltar que la tarifa de aseo integra servicios de ciudad como el barrido, la poda de árboles, la limpieza de áreas públicas, estos servicios se dividen por el número de usuarios, con el cambio de facturador a Enel-Codensa se accedió a un catastro más actualizado, que contempla a los usuarios que están recibiendo dichos servicios, lo que permite un pago más justo e inclusive con el tiempo podría percibirse una reducción en la tarifa.

ARBELAÉZ: el incremento en la tarifa se debe a que en el mes de diciembre NO se facturó el servicio de aseo, por lo cual este se dividió en tres periodos (ENERO, FEBRERO, MARZO), de 10 días cada uno, lo que quiere decir que el usuario cancelara 40 días de servicio y NO 30 días como se hace normalmente, a partir de abril de 2020 se normalizó la tarifa.

Los cálculos de tarifa de aseo, se encuentran establecidos en el régimen de regulación tarifaria estipulado en la Resolución CRA 720 DE 2015 (Vincular regulación). La tarifa de Aseo tiene varios componentes (recolección, transporte, barrido, limpieza de vías y áreas públicas, corte de césped, poda de árboles, trasferencia, tratamiento, Aprovechamiento, Disposición final, y lavado de áreas públicas).

Para conocer a detalle nuestra Carta de Trato Digno, donde encontrará los derechos y deberes de los usuarios de Ser Ambiental SA ESP, puede dar clic aquí.